e-Belge

Anular factura e-Archivo en Turquía: el plazo de 8 días

Turquía: la factura e-Archivo y el e-SMM se anulan en 8 días, contados desde la entrega al comprador, no desde la emisión. Anulación, objeción y requerimiento.

2026-09-22 · 8 min · Equipo de Finanzas de ELPO — Integrador e-Belge

Respuesta corta: según las normas turcas, la anulación de una factura de e-Archivo (e-Arşiv Fatura) o de un recibo electrónico de profesional independiente (e-Serbest Meslek Makbuzu, e-SMM) debe realizarse dentro de un plazo de 8 días, y ese plazo no empieza en la fecha en que usted emitió el documento, sino en la fecha en que el documento electrónico se entregó al comprador. Desde el 1/5/2021, la notificación se realiza a través del portal e-Belge de la GİB (Gelir İdaresi Başkanlığı, la Administración Tributaria de Turquía).

Las reglas y plazos de este artículo se basan en el documento de la Administración Tributaria «Aplicaciones de e-Archivo (factura de e-Archivo, recibo electrónico de profesional independiente): guía de notificación de anulación, requerimiento/objeción» (enero de 2025, versión 1.1). La guía se publicó por primera vez el 1/5/2021 y se actualizó el 3/1/2025; la actualización modificó los apartados sobre el plazo en el que debe aceptarse una solicitud de objeción (4.2 y 4.4). Compruebe siempre el texto vigente en ebelge.gib.gov.tr.

¿Cuándo empiezan los ocho días?

En palabras de la propia guía: «En la anulación de facturas de e-Archivo y documentos e-SMM, el plazo de 8 días se determina a partir de la fecha en que el documento electrónico se entrega al comprador. La anulación debe realizarse en todo caso dentro del plazo de 8 días.»

Aquí es donde se produce la confusión en la práctica: si emite el documento el día 1 del mes y lo entrega al comprador el día 3, los ocho días se cuentan desde el 3. Por eso es importante que la fecha de entrega quede registrada: el panel del integrador muestra el momento de entrega del documento.

Anulación y objeción no son lo mismo

La solicitud de anulación la abre el vendedor o el comprador para que el documento se anule en el sistema. La objeción, en cambio, es una objeción comercial al contenido de la factura y su fundamento es el Código de Comercio turco (Türk Ticaret Kanunu, TTK): según el apartado (2) del artículo 21 de la Ley n.º 6102, «la persona que recibe una factura y no formula objeción a su contenido en los ocho días siguientes a su recepción se considera que ha aceptado dicho contenido.»

Conforme al tercer apartado del artículo 18 de la misma Ley, la objeción o el requerimiento pueden hacerse a través de notario, por carta certificada, por telegrama o mediante el sistema KEP (correo electrónico registrado) con firma electrónica segura. Las notificaciones hechas por estas vías externas también deben registrarse en el sistema de la GİB: lo regula el apartado «V.10. Notificación de anulaciones/objeciones, denuncias y requerimientos relativos a documentos electrónicos», añadido a la Comunicación General n.º 509 de la VUK (Ley de Procedimiento Tributario).

¿Tiene que aprobarlo la otra parte?

No. Según la guía, las solicitudes de anulación/objeción pueden ser aprobadas por el comprador o el vendedor de la factura en cuestión, pero la otra parte no está obligada a aprobarlas. La solicitud queda registrada en el sistema; que no se apruebe no significa que se considere no realizada.

¿Dónde se presenta la notificación?

Las notificaciones de anulación y objeción se tramitan a través de las aplicaciones e-Belge de la GİB; para quienes utilizan el método del portal, el punto de entrada es ebelge.gib.gov.tr y la pantalla de anulación/objeción a la que se accede desde allí. La solicitud se crea desde la pestaña «Documentos emitidos a mi nombre» o desde la pestaña de los documentos emitidos por usted, seleccionando el documento con un intervalo de fechas. Si se ha presentado una objeción por una vía externa (notario, KEP, carta certificada, telegrama), el número y la fecha del documento resultante se introducen en los campos correspondientes.

¿Qué cambia si utiliza un integrador privado?

Las competencias y los plazos no cambian: los fija la normativa y no varían según el integrador. Lo que cambia es desde dónde se hace el trabajo: los contribuyentes que utilizan un integrador privado pueden crear las solicitudes de anulación y objeción desde el panel del integrador, y los documentos y el historial de solicitudes están en el mismo lugar. El seguimiento del plazo de ocho días también resulta más sencillo, porque la fecha de entrega queda registrada en el panel.

ELPO figura en la lista oficial de integradores privados de la GİB (cómo comprobarlo en la lista) y en el panel e-Belge se gestionan cinco tipos de documento en una sola cuenta.

Puntos que se confunden a menudo

  • e-Factura y e-Archivo no son lo mismo. La regla de anulación de 8 días de este artículo se aplica a la factura de e-Archivo y al e-SMM. En la e-Factura (e-Fatura), en el escenario de factura comercial se aplica un proceso de respuesta de rechazo; para la diferencia entre ambas, consulte el artículo diferencia entre e-Factura y e-Archivo.
  • El plazo se cuenta desde la fecha de entrega, no desde la fecha de emisión. Es una disposición expresa de la guía.
  • La anulación en el sistema no sustituye a la objeción comercial. Las vías externas de objeción del TTK también pueden utilizarse y deben notificarse al sistema de la GİB.

Fuentes

  • GİB — Guía de notificación de anulación, requerimiento/objeción de las aplicaciones de e-Archivo, enero de 2025, V.1.1
  • Comunicación General n.º 509 de la Ley de Procedimiento Tributario (Vergi Usul Kanunu), apartado «V.10»
  • Código de Comercio turco n.º 6102, artículo 18/3 y artículo 21/2
#e-Archivo#e-Factura#Anulación#Normativa#GİB
Comparta este artículo
Si le ha resultado útil, compártalo con su equipo